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Letrado asesor
La vida de las
sociedades mercantiles está sujeta al cumplimiento de deberes
y obligaciones inexcusables, tales como la correcta adopción y
formalización de acuerdos de socios en Junta General, de los
administradores únicos, solidarios, mancomunados o en consejo
de administración, la correcta llevanza del libro registro de
accionistas o socios, el depósito de cuentas y la inscripción
de ciertas decisiones o acuerdos en el Registro Mercantil para
su efectividad frente a terceros.
La falta de
capacidad en la firma de un contrato, la incorrecta adopción de
acuerdos, la llevanza de los libros obligatorios con
irregularidades o su inexistencia y la falta de registro de
determinados acuerdos, por citar algunos ejemplos, pueden
producir graves ineficiencias en el desarrollo del negocio
social, incluso su paralización, y reclamaciones de socios o
terceros que afectan al buen fin de la actividad social.
La problemática
de la vida societaria se hace más sensible en cuanto afecta
directamente a la responsabilidad de los administradores y, en
algunas ocasiones, de los socios. Efectivamente, los
administradores pueden ver seriamente amenazado su propio
patrimonio personal cuando sus actos u omisiones son contrarios
al ordenamiento jurídico, a los estatutos o se realizan sin la
diligencia profesional debida, así como cuando se producen o
pueden producirse situaciones de desequilibrio patrimonial.
Desde esta perspectiva, urge que la empresa cuente con un
adecuado sistema de revisión y control de contratos, de toma de
decisiones, adopción de acuerdos, lleve correctamente los libros
sociales, deposite las cuentas, corrija a tiempo y en forma los
desequilibrios patrimoniales y cuente con un asesoramiento
estructural integral y eficiente.
Ante la
complejidad de la vida social y las graves consecuencias que la
falta de cumplimiento o diligencia pueden conllevar para el
desarrollo de la actividad e incluso para el patrimonio de
administradores y socios, la Ley 39/75, de 31 de octubre, ha
establecido la obligación para las empresas de contar con la
asistencia y asesoramiento de Letrado Asesor.
Escolar
Abogados, pone a disposición de las sociedades mercantiles
una estructura de asesoramiento jurídico integral y control de
cumplimiento normativo destinado a la prevención de situaciones
de riesgo para la empresa y para los administradores de acuerdo
con la citada Ley.
Entre las
medidas y procedimiento que Escolar Abogados pone a disposición
de las empresas, se encuentran las siguientes:
-
Control,
asesoramiento, asistencia y formalización de las Juntas
Generales de Socios o Accionistas de la sociedad.
-
Control,
asesoramiento, asistencia y formalización de las decisiones de
administradores o de las sesiones del Consejo de
Administración.
-
Llevanza del
libro registro de accionistas o socios.
-
Llevanza del
Libro de Actas.
-
Redacción,
revisión, asistencia y asesoramiento sobre contratos
mercantiles y civiles.
-
Prevención y
control de impagos.
-
Asesoramiento
sobre la estructura del capital social y estructura
empresarial.
-
Formalización
e inscripción de acuerdos inscribibles en el Registro
Mercantil.
-
Control de
depósito de cuentas.
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